– El Tribunal Supremo rechaza los criterios de valoración que utiliza la Administración para la comprobación de valores

Recientemente se ha pronunciado el Tribunal Supremo (18/01/2016) rechazando los criterios de valoración empleados por la Administración cuando realiza la comprobación de valores a efectos impositivos.

Es una buena noticia, entre otros usuarios, para los compradores de vivienda, ya que en la última década la Administración venía utilizando como base para calcular la liquidación del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como otros impuestos, el valor catastral, en la mayoría de los casos muy inflado, al que aplicaba además un coeficiente, resultando valores de los inmuebles a todas luces desorbitados.

Con esta práctica, el usuario se desayunaba meses después de la compra, con la desagradable sorpresa de que tenía que abonar a la Administración una suma de dinero considerable que no había previsto.

El Supremo pone las cosas en su sitio, y abre la puerta a los usuarios para que la reclamación ante la Administración prospere si ésta no cumple una serie de requisitos.

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