El presente artículo trata de dar respuesta a una cuestión controvertida sobre si es condición
suficiente para inscribir una edificación en suelo rural la declaración de asimilado a fuera de
ordenación (AFO) que contempla la legislación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el
caso de que dicha declaración de AFO implique una segregación de la finca que contenga a la
edificación a inscribir, resultando una superficie segregada inferior a la superficie mínima de la
unidad de cultivo.
El alcance del problema puede afectar a un total de 300.000 viviendas irregulares que se
encuentren terminadas en Andalucía, respecto de las cuales no resulta posible la adopción de
medidas de protección de la legalidad urbanística ni de restablecimiento del orden jurídico
perturbado por haber transcurrido el plazo para su ejercicio conforme a lo dispuesto en la
legislación urbanística.
El artículo, en virtud de la legislación aplicable a la fecha de elaboración del informe, y a tenor
de diversas resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, extrae
unas conclusiones finales que arrojarán luz sobre el tema.
